Jueza desestima impugnación contra candidaturas de Martinelli
Elvia María Rengifo, Juez Quinta Electoral, desestimó la demanda de impugnación contra las candidaturas de Ricardo Martinelli para diputado en el circuito 8-8 y alcalde de Panamá por los partidos Cambio Democrático (CD) y Alianza.
Rengifo emitió su decisión dos días después de acogerse al término de 30 días que le concede la ley para decidir sobre la viabilidad o no de las demandas de impugnación.
En consecuencia, la Jueza Electoral indicó en el documento de 24 páginas que se mantiene la postulación del expresidente para ambos cargos.
José Luis Carrera, abogado de Jorge Hernán Rubio uno de los impugnantes, dijo que están a espera de ser notificados de la decisión por medio de edicto, para luego presentar y sustentar la apelación.
Por su parte, Alma Cortés, abogada de Martinelli, fue notificada del fallo y posteriormente acudió a las instalaciones del Sistema Penal Acusatorio, donde se desarrolla la audiencia al expresidente por el caso pinchazos, para notificarlo de la decisión.
«El tema es improcedente porque Ricardo Martinelli mantiene residencia hace 23 años en San Francisco, no la ha cambiado…se mantiene en el padrón electoral», manifestó Cortés.
El fallo
Se trata de la demanda de impugnación interpuesta por Daniel Ramírez Lasso, Rubio y Jonathan Jair Carrión, por considerar que Martinelli incumple un requisito que consta en la Constitución y en el Código Electoral que establece que la persona debe residir en el circuito para efecto de diputado y en el distrito para efecto de alcalde, un año antes de la postulación.
Pero, la Jueza indicó que la residencia de Martinelli al momento del cierre efectuado para el Padrón Electoral no muestra ninguna actualización o cambio desde 1993, por lo que la residencia cumple con las exigencias constitucionales y legales.
Sobre el tema de paridad, Rengifo señaló que la nómina de Martinelli cumplió con el aval de la Secretaría de la Mujer de ambos partidos.
La demanda de impugnación fue presentada por Rubio a inicios del mes de febrero y que posteriormente, Rengifo rechazó por inadmisible, decisión que fue apelada.
La jueza acogió nuevamente el recurso, luego de que el Pleno del Tribunal Electoral, que resolvió el recurso de apelación, consideró admisible la demanda de impugnación.